lunes, 2 de marzo de 2009






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  • EXAMEN FINAL COMERCIO Y MEDIO AMBIENTE
    Profesor Juan Pablo Galeano Rey

    Luego de la aprobación y ratificación del TLC de Colombia con USA se abrió paso a la instalación de empresas de este último en Colombia de empresas que hacen uso de la llamada biología sintética.

    La biología sintética busca diseñar y obtener mediante ingeniería productos con base biológica, instrumentos y sistemas nuevos, así como rediseñar sistemas biológicos naturales ya existentes” (Royal Academy of Engineering, 2009).

    En la biología sintética convergen la ingeniería y las ciencias de la vida con el fin de diseñar y construir nuevos insumos biológicos que no existen en el mundo natural o para reformular los diseños existentes en los actuales sistemas biológicos.

    Se busca un tipo de "ingeniería genética extrema" con el fin de construir sistemas vivos artificiales que realicen tareas como la producción de energéticos o compuestos farmacéuticos.

    Como da cuenta el Grupo ETC, el 31 de mayo de 2007 la Oficina de Patentes y Marcas Registradas de Estados Unidos (US PTO por sus siglas en inglés) publicó calladamente una solicitud de patente que señala un parteaguas en la evolución como la conocemos.

    La solicitud de patente número 20070122826, titulada “Minimal bacterial genome” (genoma bacteriano mínimo), describe la creación en laboratorio del primer organismo vivo totalmente sintético; una bacteria nueva cuya información genética proviene de ADN sintetizado químicamente. Reclama derechos de propiedad exclusivos sobre “un organismo que puede crecer y reproducirse” hecho con un conjunto de genes esenciales que también se reclaman en la solicitud.

    Los riesgos de la biología sintética para la seguridad de los seres vivos y de los
    ecosistemas

    La posibilidad de recombinar ADN, aunque sea en el laboratorio, es decir, de forma
    confinada, no deja de suscitar dudas sobre el comportamiento de esa nueva entidad
    en un entorno no estanco, su interacción con otros seres vivos y sus propios
    ecosistemas. Yendo todavía más lejos, y desde planteamientos sobre el uso dual de
    procedimientos y técnicas, la biología sintética puede ser una herramienta eficiente
    para la producción de armas biológicas, o dicho de forma más aséptica, de OMGs y
    otros entes biológicos sintéticos con potencialidad destructiva para los seres
    humanos, otros seres vivos y el medio ambiente.

    Según el Comité de Bioética de España y del Conselho Nacional de Ética para las Ciências da Vida de Portugal. Lisboa-Barcelona, los principios generales aplicables son:

    1. Principio de precaución (protección de la salud humana y del medio ambiente frente a ciertas actividades caracterizadas por la carencia de un conocimiento suficiente sobre sus posibles consecuencias, esto es, el conocimiento científico del momento no puede establecer de forma fiable ni su inocuidad ni, al contrario, los posibles daños que puede generar)
    2. Principios de autorización e inspección (La evaluación del riesgo no se centra únicamente en el análisis del producto real o supuestamente peligroso, en los riesgos que puedan derivarse del mismo al ponerse a disposición en el mercado, sino ya antes en el propio proceso productivo en sí mismo, es decir, en las técnicas o procesos hipotéticamente peligrosos)
    3. Principios de “paso a paso” y de “caso por caso (El principio de “paso a paso” supone que sólo se procederá a realizar una nueva actividad (p. ej., la liberación de sistemas biológicos obtenidos sintéticamente) cuando la evaluación de las etapas anteriores revele que puede pasarse a la siguiente sin riesgo. Por su parte, el principio de “caso por caso” consiste en la evaluación de los riesgos asociados a cada procedimiento o producto biológico resultante, esto es, de forma individualizada, sin establecer generalizaciones excesivas)
    4. Principio de trazabilidad (capacidad de seguir el rastro retrospectivo de los OMGs y de los productos obtenidos a partir de ellos a lo largo de las cadenas de producción y distribución y de forma similar de los sistemas biológicos obtenidos sintéticamente).

    La jurisdicción constituciojhnal acogiendo los fundamentos de los accionantes resuelve dicha solicitud de amparo colectivo y dispone la suspensión de las autorizaciones a esas empresas para funcionar en el país mientras no se demuestre la inocuidad en el manejo de las nuevas tecnologías y aplicando el principio de precaución de la ley 740 de 2002. Como consecuencia de lo anterior el gobierno colombiano acata el fallado de la jurisdicción constitucional.

    USA por su parte, demanda a Colombia alegando que las medidas colombianas constituyen obstáculos al libre comercio y violación de los acuerdo de agricultura y MSF.

    Preguntas:

    1. Explique que principios del DAI y AMUMAS y de que manera regularían la materia
    2. Como se resolvería el asunto ante el panel de árbitros del TLC
    3. Cuales son los principios del GATT y dela OMC aplicables y la decisión del grupo especial del a OMC y como era en el GATT sobre el mismo caso.
    4. Como se resolvería el asunto ante la Corte Internacional de Justicia de la Haya
    5. De que manera los principios propuestos por el Comité de Bioética de España y del Conselho Nacional de Ética para as Ciências da Vida de Portugal. Lisboa-Barcelona están reconocidos por los AMUMAS o Acuerdos comerciales dela OMC y son o no aplicables

    Para revisar mas información sobre el tema de Biología Sintética acceder al siguiemnte link:


  • BIOLOGIA SINTETICA REGULACION Y POLITICAS Juan Pablo Galeano Rey


  • DOCUMENTOS


  • Medio ambiente y comercio T. Raney Dirección de Productos Básicos y Comercio Dcouemtos FAO


  • MEDIO AMBIENTE Y COMERCIO EN LA OMC DESDE UNA PERSPECTIVA JURÍDICAJuan Carlos Dueñas Muñoz


  • Medio Ambiente y Comercio:
    El caso de Mercosur y los Principios de Winnipeg Konrad von Moltke y Daniel Ryan


  • Medio Ambiente y TLC JUAN PABLO GAEANO REY


  • RELACIONES ENTRE MEDIO AMBIENTE Y COMERCIO EXTERIOR:UN REPASO A LA TEORÍA. ANTONIO FERNÁNDEZ-BOLAÑOS VALENTÍN Profesor de la Universidad de Castilla - La Mancha, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de Toledo, Departamento de Economía y Empresa, Área de Fundamentos del Análisis Económico


  • COMERCIO MEDIO AMBIENTE Y TLC Alejandro Aristizábal


  • NORMATIVA INTERNACIONAL COMERCIAL Y AMBIENTAL Documento Ecuatoriano


  • La libertad de comercio proteje el medioambiente IPN


  • Medio ambiente y acuerdos comerciales regionales OECD


  • PROPIEDAD INTELECTUAL
    Y NANOTECNOLOGIA



  • LIBROS

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  • Calentamiento Global Gabriel Calzada


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    BIOCOMBUSTIBLES








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    BIOTECNOLGIA AGRICOLA


    AGROCOMBUSTIBLES. PALMA AFRICANA





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